¿Quién tiene el deber de reportar si se sospecha de abuso, negligencia o dependencia infantil?
Todos y cada uno deben informar sospechas de abuso infantil a Servicios Sociales de su condado local. No necesita saberlo con certeza. No necesita pruebas. No es necesario que lo investigue usted mismo/a. Todo lo que exige un reporte es sospecha. (NCGS 7B-301). Las definiciones de abuso, negligencia y dependencia se pueden encontrar en del Manual de admisión de CPS.
¿Qué determina si un reporte es investigado?
Los trabajadores sociales de admisión en Servicios Sociales toman los reportes y siguen un proceso de selección exigido por el estado. Las respuestas proporcionadas a una serie de preguntas determinarán los próximos pasos, como un árbol de decisiones. Al hacer un reporte, es importante ser claro y completo. Proporcione muchos detalles sobre por qué sospecha que el niño es abusado, descuidado o dependiente. (NCGS 7B-302).
Si se acepta un reporte para evaluación o investigación, ¿Cuánto tiempo tarda en responder un trabajador social?
Respuesta Inmediata – Alegaciones de abandono o alegaciones que indican que un niño puede estar en peligro inmediato o en riesgo de lesiones sustanciales sin una respuesta inmediata.
• Respuesta dentro de 24 horas – Alegaciones de abuso
• Respuesta dentro de 72 horas – Alegaciones de negligencia o dependencia
El plazo dependerá de la información proporcionada en el reporte y los resultados del árbol de decisiones. Hay 16 herramientas de detección de maltrato. El trabajador social de admisión debe consultar cada herramienta que corresponda a las alegaciones del reporte. Será utilizada la Herramienta de Prioridad de Respuesta para determinar el lapso de tiempo de una respuesta. (
Manual de admisión de CPS).
¿Cómo decide el Departamento de Servicios Sociales si puede intervenir?
Debe estar involucrada la persona que brinda cuidados. La persona que brinda cuidados puede ser un padre, un tutor legal, un adulto que vive en el hogar del niño o un adulto al que se le ha confiado el cuidado del niño. Si no hay participación del cuidador, Servicios Sociales no tiene jurisdicción y se debe notificar a la policía. Si el acusado es otro menor o alguien que no está a cargo del niño, comuníquese con la policía.
Si no está seguro de si un cuidador está involucrado, comuníquese con Servicios Sociales para hacer un reporte. (
Manual de admisión de CPS).
¿Serán notificadas las autoridades?
Si Servicios Sociales acepta el caso por abuso sexual, lesiones graves, hospitalización y, en algunos casos, medidas disciplinarias inapropiadas, se realizará un reporte del fiscal de distrito ('District Attorney' o 'DA', por sus siglas en inglés) y se notificará a la policía en el momento de la admisión. Sin embargo, pueden haber casos durante la investigación en los que sea necesario un reporte del DA y, en esos casos, se hará un reporte de inmediato. (GS 7B-307, GS 7B-101,
Manual de admisión de CPS).
¿Existen diferentes tipos de investigaciones?
Sí. Todas las decisiones de admisión se toman utilizando la toma de decisiones de dos niveles por parte del trabajador social de admisión y un supervisor.
Evaluación familiar: para reportes que contengan alegaciones de negligencia, como cuidado inadecuado, supervisión inadecuada, disciplina inadecuada, falta de atención médica, ambiente perjudicial, etc.
Evaluación Investigativa: para reportes de abuso infantil y reportes selectos de abandono y dependencia infantil, como el tráfico de personas, un riesgo sustancial de o el inflingimiento de lesiones físicas graves, usar o el permitir tácticas de modificación de comportamiento crueles o sumamente inapropiadas, abuso/agresión sexual, grave daño emocional, depravación moral, muerte infantil (incluyendo a los niños sobrevivientes), niños que ya están bajo la custodia de Servicios Sociales o de las autoridades, niños hospitalizados, abandono, metanfetaminas, abuso físico infantil y negligencia médica de bebés discapacitados. (
Manual de admisión de CPS).
¿Será confidencial mi reporte?
Sí. Sin embargo, muchas veces las personas adivinarán o deducirán quién creen que hizo el reporte. Incluso pueden decir que Servicios Sociales compartió esa información con ellos, pero Servicios Sociales no comparte dicha información. (NCGS 7B).
¿Puede mi reporte ser anónimo?
Sí. No tiene que dar su nombre, pero si decide dar su nombre e información de contacto, Servicios Sociales le notificará y le brindará actualizaciones sobre su reporte. (
Manual de admisión de CPS).
¿Recibiré alguna actualización sobre mi reporte?
Sí, se le notificará dos veces si proporciona su nombre e información de contacto.
- Se enviará notificación escrita a la persona que realiza el reporte dentro de los cinco días laborales seguidos de recibir el reporte. El aviso incluirá: información sobre si el reporte fue aceptado para evaluación, la fecha en que se hizo el reporte, la identidad del niño si se conoce, el proceso que puede tomar la persona que realizó el reporte para evaluar la decisión de la agencia de no aceptarlo para evaluación, si se hizo un reporte del DA para las autoridades, el condado que realizó la evaluación y una declaración que anime a la persona que realiza el reporte a comunicarse con el Departamento de Servicios Sociales si obtiene más información.
- Dentro de los cinco días laborales posteriores a la finalización de la evaluación, se notificará a la persona que realiza el reporte sobre los hallazgos de Servicios Sociales, las acciones que se están tomando y el proceso para solicitar una revisión por parte del DA. (Manual de admisión de CPS, pág. 41 y Manual de evaluaciones de CPS)
¿Puede el Departamento de Servicios Sociales compartir información de casos con escuelas u otras personas en la comunidad?
No. Toda la información de los casos de Servicios de Protección de Menores es confidencial. La única información que se puede compartir y se compartirá se encuentra en la lista anterior y se compartirá únicamente con la persona que realiza el reporte. (NCGS 7B)
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